Para la percepción de la BECA 6000 será obligatorio el progreso satisfactorio en las evaluaciones que se realicen a lo largo del curso y, en caso contrario, se interrumpirá temporalmente el pago de la misma hasta conocer el resultado de la siguiente evaluación. También se tendrá en cuenta la asistencia a clase y se suspenderá el pago de forma inmediata cuando el alumno o alumna haya causado baja en el centro antes de la finalización del curso escolar o cuando no haya asistido a un 15% de horas lectivas, computadas mensualmente, salvo que las faltas estén debidamente justificadas.
Los estudiantes que opten a estas becas deberán estar en posesión del título de Graduado en ESO y estar matriculados del curso completo de Bachillerato o Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Específica en un centro docente de Andalucía. Para mantener la beca al año siguiente será necesario haber obtenido una calificación positiva en todas las materias del curso anterior.
Además, los beneficiarios no pueden estar realizando ninguna actividad laboral ni estar inscritos como demandantes de empleo. La Consejería de Educación fija anualmente los umbrales de renta para acceder a esta convocatoria.
– El NIF o NIE de todos los miembros computables de la familia mayores de 14 años, así como la fecha de nacimiento de los citados miembros.
– Una cuenta corriente en la que aparezca el solicitante como titular o cotitular donde se recibirá el importe de las becas.
– Una cuenta de correo electrónico para notificación.
Para realizar la tramitación de cualquier solicitud con el Ministerio de Educación el alumnado deberá registrarse en el siguiente enlace, pulsando el botón âRegistrarseâ en la sección âEducación y yoâ.
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